Nos encontramos en el 163 Período Extraordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebrado en Lima, desde el lunes 3 hasta el viernes 7 del presente mes, a invitación del Estado peruano. Venezuela tendrá audiencias durante los días 5, 6 y 7 de julio, destacando una de carácter privado, a puertas cerradas, “Denuncias de violaciones de derechos humanos en Venezuela” y otra a la cual se convocó a organizaciones de la sociedad civil y personas interesadas en participar, “Derecho a la asistencia jurídica gratuita como parte de las garantías judiciales en Venezuela”, solicitadas por el Gobierno Venezolano, caracterizado al día de hoy por el incumplimiento a las decisiones y recomendaciones emitidas por los entes del sistema interamericano, asimismo por la inobservancia total del deber de prevención de violaciones a los derechos humanos en el contexto de la ruptura del hilo constitucional y la aniquilación de la vida democrática en el país.
En el marco de esas contradicciones que reflejan el talante criminal del régimen narcopsuvista, revisten especial importancia las Reuniones de Trabajo que se efectuarán sobre casos concernientes a medidas cautelares de protección, particularmente porque los jueces y juezas que deberían dedicarse a hacer cumplir las leyes nacionales y los estándares interamericanos, cercenan su independencia e imparcialidad debido a injerencias del poder político y el sometimiento de los operadores de justicia al mismo, caso contrario son objeto de retaliaciones, siendo evidente que estos procesos funcionan como advertencia e intimidación contra los miembros de la magistratura y en detrimento de las responsabilidades que en materia de derechos humanos ha asumido el Estado Venezolano, siendo una demostración de que no existe en Venezuela un amplio acceso a la justicia.
Justamente, ante la escalada de violencia y el incremento en el número de muertes y heridos en las manifestaciones que tienen lugar desde el mes de abril de 2017, la CIDH hizo un imperativo llamado a las autoridades venezolanas a cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos y cesar de manera inmediata las medidas represivas adoptadas en las últimas semanas, porque se trata de hechos que ocurrieron después que la Comisión expresó su alarma por la militarización de los operativos de seguridad ciudadana para disuadir y, en algunos casos, impedir el ejercicio del derecho a la protesta social pacífica. La Comisión ha destacado que la militarización de la seguridad ciudadana conlleva además la afectación de otros derechos humanos, además del derecho a la protesta social pacífica y a la libertad de expresión, manifestando lo paradójico de las audiencias solicitadas por el Gobierno Venezolano, no acorde con su ostensible rechazo a la OEA.
La “práctica sistemática de represión indiscriminada”, que tiene por objeto infundir terror y zozobra en la población para persuadirles de no participar en manifestaciones, se hace sin cumplir requisitos legales, como pasa con innumerables perseguidos y presos políticos hostigados, detenidos y encarcelados sin derechos ni garantías judiciales, tras ser estigmatizados y criminalizados, cuyos casos se denunciaron en la CIDH y han dado y darán lugar a medidas cautelares de protección a los fines de lograr la verdad, justicia y reparación respecto de las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por el régimen narcopsuvista. El 163 Período Extraordinario de Sesiones de la CIDH es un foro de gran importancia para el esclarecimiento de esos temas que merecen fundamental atención por tener como eje principal la inexistencia del Estado de Derecho en Venezuela.
Cualquier información, comentario, desahogo o sugerencia por la dirección electrónica jolcesal@hotmail.com, el teléfono 0426.1529612 o por mi cuenta en Twitter @jolcesal